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Autorización para recibir Donativos Deducibles
​    Novedades


  • Proporciona al menos una dirección de correo electrónico y máximo cinco, para recibir los avisos referentes al trámite de autorización para recibir donativos deducibles. 
  

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Catálogo de trámites



  • ​Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles de conformidad con el convenio para evitar la doble Imposición e impedir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta, suscrito por el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de los Estados Unidos de América.​ 


Información adicional

Ventajas​

Actividades que pueden ser autorizadas para recibir donativos deducibles

Requisitos de patrimonio y liquidación

 
  

Las donatarias autorizadas están obligadas a emitir factura electrónica. Para ello pueden utilizar el servicio gratuito de generación de factura electrónica ofrecido por el SAT. 
 
 

Documentos consulta

Modelo opcional ​de estatutos sociales para ser donataria autorizada​

Directorio de principales autoridades que emiten el documento que acredita las actividades de las organizaciones civiles que desean solicitar la autorización para recibir donativos deducibles.

Listado de municipios con índice de marginación "muy alto"   


El trámite es gratuito y el tiempo máximo de atención a su solicitud es de 3 meses de conformidad con el artículo 37 del Código Fiscal de Federación.

En caso de dudas respecto del trámite de autorización para recibir donativos deducibles de impuesto sobre la renta, llama al 01-(55)-MarcaSAT​, opción 3, seguido de opción 3.​ 
 

Fundamento Legal: Artículos 27, fracción I, 79, fracciones VI, X, XI, XII, XVII, XIX, XX y XXV, 80, 81, 82, 83, 84, 86 y 151, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 36, 37, 38, 126, 128, 129, 130, 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140 y 141 de su Reglamento; Reglas 3.10.2., 3.10.3., 3.10.4., 3.10.6., 3.10.8., 3.10.10., 3.10.11., 3.10.12., 3.10.13., 3.10.14., 3.10.15., 3.10.16., 3.10.17., 3.10.18., 3.10.19., 3.10.20., 3.10.21., 3.10.22., 3.10.23., 3.10.24., 3.10.25., 3.10.26. y 3.10.27. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y sus fichas de trámite 15/ISR, 16/ISR, 17/ISR, 18/ISR, 19/ISR, 20/ISR y 21/ISR del Anexo 1-A.​​​​​​​​​​​​​​
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Última modificación:
26 de abril de 2018 a las 18:40
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