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Lista de contribuyentes exceptuados del secreto fiscal
 
Aviso 
El SAT reconoce a quienes resuelven la situación por la cual aparecían en la lista de contribuyentes incumplidos y agradece a quienes, siendo cumplidos, llevan a cabo el procedimiento formal de aclaración. En ambos casos, sus datos ya no aparecerán en la relación.
 






Desde el 1 de enero de 2014 los datos de los contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales son publicados en este Portal.

Derivado de la Reforma Hacendaria se establecieron excepciones a la reserva fiscal, lo que permite que se dé a conocer nombre, razón social y RFC de los contribuyentes incumplidos que se encuentran en los siguientes supuestos:

• Que tienen créditos fiscales firmes.

• Que tienen créditos fiscales que no han pagado o garantizado.

• Que no es posible localizarlos en su domicilio fiscal.

• Que tienen sentencia condenatoria por haber cometido un delito fiscal.

• Que se les haya cancelado o condonado algún adeudo fiscal.

 
Ver  tutorial sobre el uso de la aplicación Relación de contribuyentes incumplidos. 









También se publican los datos de las empresas que simulan operaciones y emiten facturas apócrifas.

Esta medida obedece al interés prioritario del SAT de informar a los contribuyentes y a la opinión pública en general la relación de datos de contribuyentes incumplidos para que tengan elementos de decisión al momento de realizar cualquier transacción comercial.

Los contribuyentes inconformes con la publicación de sus datos pueden generar una línea de captura para pagar, o bien presentar una aclaración en la misma aplicación donde se da a conocer la lista.

El SAT resuelve la solicitud de aclaración en tres días hábiles y, en caso de resultar procedente, en la siguiente actualización de la información que se efectúa cada 15 días se eliminan los datos publicados.

Fundamento: Artículo 69-b del Código Fiscal de la Federación.

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Última modificación:
28 de noviembre de 2017 a las 17:41
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