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Opción de acumulación de ingresos por personas morales
Para facilitar el cumplimiento a los medianos, pequeños y microempresarios, el SAT tiene a disposición, desde febrero, una herramienta informática que permite clasificar las facturas electrónicas de ingresos y gastos para determinar en forma automática los pagos provisionales de ISR y definitivos de IVA y cumplir con la contabilidad de sus negocios, con un esquema simplificado de cumplimiento fiscal.
La opción de acumulación de ingresos es un régimen mediante el cual las personas morales constituidas únicamente por personas físicas que no tengan ingresos superiores a cinco millones de pesos pueden optar por pagar el impuesto sobre la renta mediante flujo de efectivo, es decir, acumulando sus ingresos y sus deducciones autorizadas correspondientes al periodo de que se trate, o bien al aplicar el coeficiente de utilidad a los ingresos.
La opción elegida no puede modificarse durante el ejercicio y, en ambos supuestos, puede aplicarse la deducción inmediata de inversiones.
Esta medida beneficia a personas morales con ingresos menores a cinco millones de pesos; es decir, casi 300,000 contribuyentes.
Para optar por este beneficio:
Las personas morales constituidas y registradas en el RFC hasta el 31 de diciembre de 2016 deben presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones.
Las personas morales que inicien operaciones o reanuden actividades a partir de 2017 deben presentar la opción de tributación durante el mes siguiente a aquel en que presenten el aviso.
Al utilizar la opción de acumulación de flujo de efectivo quedan relevados de cumplir, entre otras, con las siguientes obligaciones:
Enviar la contabilidad electrónica e ingresar de forma mensual la información contable.
Presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.
Así, Mi contabilidad es una opción para que los pequeños negocios declararen más rápido y más fácil.
Aplicación.
Mi contabilidad, Opción de acumulación de ingresos por personas morales.
Mi contabilidad (Video).
Última modificación:
14 de junio de 2017 a las 11:01