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Aviso de opción para los adquirentes de vehículos de no efectuar la retención a que se refiere el artículo 126, cuarto y quinto párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales adquirentes de vehículos.
                                         
Dónde se presenta
En éste Portal.
 
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
En el mes de enero siguiente al ejercicio fiscal en el que se dé el supuesto.
 
Requisitos
  • Archivo electrónico en el que informe el nombre, clave en el RFC y domicilio del vendedor del vehículo, la fecha de adquisición del vehículo por parte del enajenante, el costo comprobado de adquisición, el costo comprobado de adquisición actualizado a la fecha de venta, la fecha de operación de venta, el monto de la operación, el año modelo, la marca y la versión del automóvil, de cada una de las operaciones realizadas durante el ejercicio fiscal de que se trate.
 
Condiciones
Contar con contraseña.
 
Información adicional
No aplica.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, seguido de iniciar sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones servicios por internet: servicio o solicitudes: solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: servicio de aviso, indicando el trámite a realizar.
  4. En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite escaneados.
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 93, fracción XIX, inciso b), 124, segundo párrafo, 126, cuarto y quinto párrafos de la Ley del Impuesto sobre la Renta; Regla 3.15.7. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:07
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