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Aviso que presenta el depositario de valores para quedar liberado de la obligación de retener el ISR respecto a los ingresos provenientes de la enajenación de títulos de crédito.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales que sean depositarios de valores que tengan intención de quedar liberados de la obligación de retener el impuesto sobre la renta respecto a los ingresos provenientes de la enajenación de títulos de crédito.
 
Dónde se presenta
  • A través de Buzón Tributario.

Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en éste Portal, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Consulta aquí el listado de trámites y servicios que se encuentran disponibles en Buzón Tributario. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
   
Qué documentos se obtienen
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
Dentro de los 15 días siguientes contados a partir de la fecha en que se debió haber enterado el impuesto correspondiente.
 
Requisitos
Archivo electrónico que contenga lo siguiente:
  • Manifiesto para quedar liberado de la obligación de retener el impuesto sobre la renta respecto a los ingresos provenientes de la enajenación de títulos de crédito.
  • Nombre y residencia fiscal de la persona física o moral que no proporcionó los recursos.
  • Fecha del traspaso y nombre del intermediario o depositario al cual se le traspasan los títulos.
  • Folio, en su caso, asignado al traspaso de los títulos.
  • Último precio registrado por el depositario que traspasa los títulos.
  • La fecha de vencimiento de los títulos transferido.
  • El emisor de los títulos. 
  • El número de serie y cupón de los mismos. 
 
Condiciones
Contar con ontraseña y e.firma vigente. 
 
Información adicional
No aplica. ​
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite. 
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que desees realizar.
  4. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.

Disposiciones jurídicas aplicables

Artículos 166 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 292 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; regla 3.18.16., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:07
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