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Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal.
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Aviso relativo a Terceros Prestadores de Servicios conforme los Anexos 25 y 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Contenido de la página
Quiénes lo presentan
Las Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar y las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que
actúen como terceros prestadores de servicios conforme a lo dispuesto
en los Anexos 25 y 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Dónde se presenta
A través de Buzón Tributario.
Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse en éste Portal, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. de la
Resolución Miscelánea
Fiscal.
Consulta
aq
uí
el listado de trámites y servicios que se encuentran disponibles en Buzón Tributario. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea
Fiscal.
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
Cuándo se presenta
A más tardar el 15 de agosto de cada ejercicio fiscal.
Requisitos:
Manifestación en la cual se señale:
Nombre, RFC y GIIN de la Institución Financiera de México Sujeta a Reportar que actuará como tercera prestadora de servicios.
Nombre, RFC (en su caso) y GIIN de l (s) Institución (es) Financiera (s) Sujeta (s) a Reportar a quienes se les prestará el servicio mencionado.
Que acepta prestar dichos servicios conforme a lo señalado en los Anexos 25 y 25 Bis de la
Resolución Miscelánea
Fiscal.
Adjuntar, en formato PDF, manifestación firmada por el representante legal de la(s) Institución(es) Financiera(s) Sujeta(s) a Reportar a la(s) que les prestará los servicios, indicando que cumplirá(n) con sus obligaciones a través del tercero prestador de servicios, sin quedar relevada(s) de las demás obligaciones formales, en términos de lo dispuesto por los Anexos 25 y 25 Bis de la
Resolución Miscelánea
Fiscal.
Adjuntar, en formato PDF, la documentación mediante la cual acredite la personalidad del representante legal de la(s) Institución(es) Financiera(s) Sujeta(s) a Reportar a que se refiere el punto anterior.
Condiciones:
Contar con contraseña y e.firma vigente.
Información adicional:
No aplica.
Compromisos de servicio
Disponibilidad permanente.
Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
Pasos para realizar el trámite
Ingresa a la sección
trámites
y selecciona la opción Buzón Tributario.
Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.
Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que desees realizar.
Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 32-B, fracción V, 32-B Bis del Código Fiscal de la Federación; 7, tercer párrafo, 55, fracciones I y IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo, 136, último párrafo, 192, fracción VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 92, 93, 253, fracción I, último párrafo del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta; reglas 2.12.13., 3.5.8., Anexos 25, 25-Bis de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:07