SAT > Información fiscal > Catálogo de trámites > Solicitudes y avisos diversos > Aviso sobre el GIIN de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
   Fuente Pequeña    Fuente Mediana    Fuente Grande                     Imprimir  Imprimir                     
Aviso sobre el GIIN de Instituciones Financieras Sujetas a Reportar que no califiquen como Instituciones Financieras de México Sujetas a Reportar, en los términos del Anexo 25 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Quiénes lo presentan
Las instituciones financieras sujetas a reportar en los términos del anexo 25-Bis que no califiquen como instituciones financieras de México sujetas a reportar, en los términos del anexo 25 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
 
Dónde se presenta
  • A través del Buzón Tributario.

Hasta en tanto este trámite no se publique en la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información disponibles en el Buzón Tributario, el mismo deberá presentarse éste Portal, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Consulta aquí el listado de trámites y servicios que se encuentran disponibles en Buzón Tributario. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la regla 2.2.6. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
 
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
Dentro del mes siguiente a la obtención del GIIN que corresponda.
 
Requisitos
Manifestación en la cual se señale:
  • Nombre de la institución financiera sujeta a reportar, RFC y GIIN.
  • Manifestación bajo protesta de decir verdad que la institución financiera sujeta a reportar no califica como institución financiera de México sujetas a reportar, en los términos del anexo 25 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Condiciones
Contar con contraseña y e.firma vigente.
 
Información adicional
No aplica.
 ​
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que desees realizar.
  4. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 32-B, fracción V, 32-B Bis del Código Fiscal de la Federación; 7, tercer párrafo, 55, fracciones I y IV, 56, 86, fracción I, 89, segundo párrafo, 136, último párrafo, 192, fracción VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 92, 93, 253, fracción I, último párrafo del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; reglas 2.12.13., 3.5.8., Anexos 25 y 25-Bis del Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:06
Trámites e-firma Contraseña Citas Chat Facebook Twitter YouTube Apps