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Informe para garantizar la transparencia, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación.
Quiénes lo presentan
a)  Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR.
b)  Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR que presenten aviso de liquidación o cambio de residencia conforme a la regla 3.10.22., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
c)  Personas Morales con fines no lucrativos y Fideicomisos a los que se les haya revocado o no se les haya renovado la autorización por el incumplimiento de la obligación de poner a disposición del público en general la información relativa al uso o destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación;
d)  Personas Morales con fines no lucrativos y Fideicomisos que la vigencia de su autorización para recibir donativos deducibles en términos de la Ley de Impuesto s​obre la Renta, haya concluido y no se haya obtenido nuevamente o renovado dentro del plazo de doce meses.
 
Dónde se presenta
En éste Portal, en el programa electrónico Transparencia de las Donatarias Autorizadas.
 
Qué documentos se obtienen
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
  •  Los contribuyentes citados en el inciso a), en los meses de mayo de cada año, respecto del ejercicio inmediato anterior.
  •  Los contribuyentes mencionados en el inciso b) conforme al plazo señalado para la presentación del aviso de cancelación en el RFC por liquidación total del activo y de cancelación en el RFC por cese total de operaciones a que se refieren las fracciones XIV y XV de la regla 2.5.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal, respectivamente.
  •  Los contribuyentes señalados en el inciso c), previamente a la solicitud de nueva autorización señalada en la regla 3.10.13. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
  • Los contribuyentes referidos en el inciso d), dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que hayan transcurrido los seis meses que se tienen para la transmisión de los donativos que no fueron destinados para sus fines.
 
Requisitos:
En el programa electrónico, se deberá especificar:
  • ​Fecha de la autorización.
 
Patrimonio:
  • Activo circulante.
  • Activo fijo.
  • Activo diferido.
 
Totales:
  • Activo.
  • Pasivo.
  • Capital.
 
Ingresos del Ejercicio:
  • Donativos recibidos en especie.
  • Donativos recibidos en efectivo.
  • Tipo de donante.
  • Monto total de los donativos recibidos en efectivo.
  • Otro tipo de ingresos: concepto y monto. 
 
Estado de Egresos:
  • Monto total de la plantilla laboral.
  • Monto total de percepciones netas del Consejo de Administración o Directivos análogos.
  • Monto total.
  • Gastos de administración.
  • Gastos de operación.
  • Gastos de representación.
  • Montos destinados y conceptos, ejercidos en el desarrollo directo de su actividad.
  • Monto total.
  • Donativos otorgados y beneficiarios.
  • Monto total de los donativos otorgados. 
 
Actividades:
  • Sector beneficiado.
  • Actividad.
  • Número de beneficiarios.
  • Entidad federativa.
  • Municipios.
 
Información relativa a actividades destinadas a influir en la legislación (sólo en caso de que la Organización civil o fideicomiso autorizado las realice):

a)  Señalar la materia objeto de estudio.

b)  Señalar la legislación que se pretende promover.

c)  Señalar los legisladores con quienes se realice las actividades de promoción.

d)  Especificar el sector social, industrial o rama de la actividad económica que se beneficiaría con la propuesta.

e) Mencionar los materiales, datos o información que aporten a los órganos legislativos, claramente identificables en cuanto a su origen y autoría.

f)  Señalar las conclusiones.

g) Informar acerca de cualquier otra información relacionada que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general (cuando aplique).

 
Estados financieros:
  • Señalar si dictamina estados financieros y en su caso nombre y número de registro del Contador Público Registrado que dictaminó el estado financiero del ejercicio, así como su teléfono.
  • Señalar si autoriza solicitar información al Contador Público Registrado.
  • Aceptación del contrato de registro de información.
  • Nombre de la persona responsable de la captura de la información.
 
La información declarada será responsabilidad directa de la organización civil o fideicomiso autorizado para recibir donativos deducibles del ISR y se rendirá "bajo protesta de decir verdad".
 
Condiciones
  • Contar con e.firma vigente.
  • Requerimientos técnicos del equipo de cómputo.
  • Plataforma: Windows 7;
  • Explorador: Internet Explorer 8;
  • Sitio de descarga: Sitio WEB.
Información adicional
No aplica.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, seguido de iniciar sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones: donatarias y donaciones / donatarias transparencia / registro.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico.
  4. En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite escaneados.
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables 
Artículos 82 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 36, 134 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; reglas 3.10.2., 3.10.10., 3.10.11., 3.10.22., 3.10.23. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
31 de enero de 2018 a las 13:45
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