SAT > Información fiscal > Catálogo de trámites > Opinión e Informe General del cumplimiento de obligaciones fiscales > Aclaración a la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
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Aclaración a la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales.
 
Dónde se presenta
  • En éste Portal, en el apartado de trámites, en Mi Portal / servicios por internet / aclaraciones / eligiendo la etiqueta:
  • "RFC opinión del cumpl": tratándose de aclaraciones de la situación fiscal en el padrón del RFC.
  • "Créditos opinión del cumpl": tratándose de créditos fiscales o sobre el otorgamiento de garantías.
  • "Dec opinión del cumpl": tratándose de presentación de declaraciones, y
  • "Opinión del cumpl cero/CFDI": tratándose de declaraciones presentadas en cero, pero con CFDI emitido.
  • A través de Buzón Tributario. 

Qué documentos se obtienen
  • Acuse de recibo de aclaración.
  • Cuando es procedente la aclaración, la opinión del cumplimiento.
  • Cuando es improcedente, la respuesta a la aclaración.
 
Cuándo se presenta
En cualquier momento, cuando no estés conforme con la opinión del cumplimiento.
 
Requisitos
Adjuntar archivo digitalizado del soporte de la aclaración.
 
Condiciones
Contar con contraseña o e.firma vigente.
 
Información adicional
No aplica.
 
Compromisos de servicio
Portal del SAT:
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción de la aclaración. Asimismo, la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, cuando la aclaración es procedente o la respuesta a tu aclaración cuando es improcedente.

Buzón Tributario:
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
Portal del SAT:
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi portal, seguido de iniciar sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las siguientes opciones, según sea el caso:
  3. Servicios por internet / aclaraciones / solicitud: RFC opinión del cumpl, tratándose de aclaraciones de la situación fiscal en el padrón del RFC.
  4. Servicios por internet: aclaraciones: solicitud. [cuando se trate de inconsistencias relacionadas con el RFC o la presentación de declaraciones].
  5. Servicios por internet / aclaraciones / solicitud: Créditos opinión del cumplimiento, por inconsistencias
    relacionadas con créditos fiscales o con el otorgamiento de garantías.
  6. Servicios por internet / aclaraciones / solicitud: Opinión del cumpl cero/CFDI, tratándose de declaraciones presentadas en cero, pero con CFDI emitido.
  7. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que deseas realizar.
  8. Ingresa los archivos con los documentos que soportan tu aclaración y la opinión obtenida del trámite.
  9. Envía tu trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico con el número de folio asignado.
 
Buzón Tributario:
  1. Ingresa a la sección trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que deseas realizar.
  4. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.

Disposiciones jurídicas aplicables
Reglas 2.1.28., 2.1.39., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
30 de abril de 2018 a las 14:19
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