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Solicitud de validación y opinión técnica del cumplimiento de requisitos tecnológicos para solicitar la autorización para emitir monederos electrónicos de combustibles.
Quiénes lo presentan
Las personas morales que deseen solicitar la autorización para emitir monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres.
 
Dónde se presenta
Se inicia a través de Buzón Tributario y se concluye en la oficina del SAT que corresponda al domicilio fiscal del solicitante.
 
Qué documentos se obtienen
Acuse de recibo.

En caso de cumplir con los requisitos:
Oficio emitido por la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información (AGCTI), que acredita cumplir con los requisitos tecnológicos para ser emisor de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres.

En caso de no cumplir:
Oficio no favorable.
 
Cuándo se presenta
Cuando el contribuyente persona moral a que se refiere la presente ficha, desee solicitar la autorización para emitir monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres.
 
Requisitos
Buzón Tributario:
Archivo electrónico con la siguiente información:
  • Solicitud de validación y opinión técnica del cumplimiento de requisitos tecnológicos para solicitar la autorización para emitir monederos electrónicos de combustibles, dichos requisitos se encuentran contenidos en el Anexo 28 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
  • Documentación o elementos que comprueben el debido cumplimiento de los requisitos, de acuerdo con el Anexo 28 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
 
Atención presencial:
Prototipo de monedero electrónico que será utilizado en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, el cual deberá cumplir con las características establecidas en las reglas 3.3.1.6., y 3.3.1.7. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
 
Condiciones
Contar con e.firma vigente.
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Información adicional
No aplica.
 
Compromisos de servicio
Buzón Tributario:
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Atención presencial:
  • Duración máxima: 40 minutos por trámite.
  • Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
 
Pasos para realizar el trámite

Buzón Tributario:

  1. Ingresa a la sección trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que desees realizar.
  4. ​Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
 
Atención presencial:
  1. Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT que te corresponda.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y conserva el oficio de resolución, como acuse de recibo.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 27, fracción III, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta; reglas 3.3.1.6., 3.3.1.7., 3.3.1.9., 3.3.1.11., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:10
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