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declaración anual de pago del derecho por la utilidad compartida.
Quiénes lo presentan
Los asignatarios a que se refiere el artículo 4, fracción VI de la Ley de Hidrocarburos.
 
Dónde se presenta
En éste portal
 
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
A más tardar el último día hábil del mes de marzo del año siguiente a aquél al que corresponda el pago.
 
Requisitos:
Archivo electrónico .xls que soporte su declaración (forma oficial DUC y sus anexos) y el comprobante del pago.
 
Condiciones
Contar con contraseña o e.firma vigente.
 
Información adicional
No aplica.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites, y de la barra superior elige la opción Declaraciones.
  2. Del apartado de Provisionales o definitivas, selecciona la opción: Mensuales.
  3. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma vigente, seguido de iniciar sesión.
  4. Elige el periodo, ejercicio y llena los datos solicitados por el formulario electrónico.
  5. Revisa la información a declarar y envía tu declaración al SAT.
  6. Imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 39 Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos; regla 2.8.5.1., Transitorio Décimo Segundo de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
06 de marzo de 2018 a las 15:38
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