SAT > Información fiscal > Catálogo de trámites > Devoluciones y compensaciones > Aviso de compensación de saldos a favor vía internet, grandes contribuyentes o hidrocarburos.
   Fuente Pequeña    Fuente Mediana    Fuente Grande                     Imprimir  Imprimir                     
Aviso de compensación de saldos a favor vía internet, grandes contribuyentes o hidrocarburos.
Quiénes lo presentan
Personas físicas y morales que deseen efectuar una compensación de impuesto.
 
Dónde se presenta
A través del Buzón Tributario.
 
Qué documentos se obtienen
Acuse de recibo electrónico con número de folio.
 
Cuándo se presenta
Dentro de los 5 días siguientes después de realizar la compensación, o bien de acuerdo con el sexto dígito numérico de la clave del RFC, de conformidad con el siguiente cuadro:

Sexto dígito numérico
de la clave del RFC
Día siguiente a la presentación de la declaración
en que hubieren efectuado la compensación
1 y 2
Sexto y Séptimo día hábil siguiente
3 y 4
Octavo y Noveno día hábil siguiente
5 y 6
Décimo y Décimo Primer día hábil siguiente
7 y 8
Décimo Segundo y Décimo Tercer día hábil siguiente
9 y 0
Décimo Cuarto y Décimo Quinto día hábil siguiente
 
Requisitos
 
Condiciones
No aplica.
 
Información adicional
Es importante que no se modifiquen por parte del contribuyente los nombres de los archivos encriptados que genera el Formato electrónico F 3241, esto debido a que de ser modificados no podrán ser reconocidos por los sistemas del SAT, generando un posible rechazo del trámite.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites y de la barra superior elige la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma y activa el botón enviar.
  3. Posteriormente ingresa al apartado de Trámites, seguido de Devoluciones y Compensaciones, elige la opción Aviso de Compensación.
  4. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico e ingresa archivos comprimidos en formato (.zip*).
  5. Envía tu trámite al SAT y recibe tu acuse electrónico.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 23 del Código Fiscal de la Federación; regla 2.3.10. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
26 de enero de 2018 a las 11:44
Trámites e-firma Contraseña Citas Chat Facebook Twitter YouTube Apps