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Solicitud de reintegro de cantidades derivadas del programa de devoluciones del impuesto al valor agregado a turistas extranjeros.
Quiénes lo presentan
Concesionarios autorizados por el SAT para operar este programa.
 
Dónde se presenta
En la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente, ubicada en Av. Hidalgo 77, módulo 5, planta baja, col. Guerrero, deleg. Cuauhtémoc, c.p. 06300, Ciudad de México.
 
Qué documentos se obtienen
  • Solicitud de Reintegro de Cantidades derivadas del programa de devoluciones de impuesto al valor agregado a turistas extranjeros, sellada como acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
Lunes o en su caso, el primer día hábil de cada semana.
 
Requisitos
Solicitud de Reintegro de Cantidades derivadas del Programa de Devoluciones del IVA a Turistas Extranjeros (concesionarios autorizados):
  1. Forma DTE "Solicitud de Reintegro al Concesionario de Cantidades derivadas del Programa de Devoluciones de IVA a Turistas Extranjeros", por duplicado.
  2. Adjuntar dispositivo magnético (disco compacto) con la información que se requiere conforme a lo establecido en la Décima Primera Regla de Operación para Administrar las devoluciones de IVA a los extranjeros con calidad de turistas.
  3. Tratándose de la primera vez que solicita el reintegro, original o copia certificada del documento (acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal de la persona moral concesionaria y anexar copia simple para cotejo.
  4. Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá exhibir original o copia certificada del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción y anexar copia simple para cotejo.
  5. Original y copia simple de identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones de éste Catálogo de Servicios y Trámites (original para cotejo).
 
Condiciones
Contar con e.firma vigente.
 
Información adicional
No aplica.
 
Compromisos de servicio
  • Duración máxima: 40 minutos por trámite.
  • Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
  • Entrega inmediata de los productos derivados del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Acude con los documentos del trámite a la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y conserva la solicitud de reintegro sellada, como acuse de recibo.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 31 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; reglas 4.6.2., 4.6.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
13 de abril de 2018 a las 12:53
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