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Declaración mensual de depósitos en efectivo.
Quiénes lo presentan
Instituciones del Sistema Financiero que paguen intereses que opten por presentar de manera mensual la información de los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución del sistema financiero, que excedan del monto acumulado mensual de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.), así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja, en términos del artículo 55, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
 
Dónde se presenta
Vía electrónica en los canales establecidos:
  • CECOBAN para las Instituciones del Sistema Financiero que tienen acceso a dicho canal;
  • Vía Internet para el resto de las instituciones; o
  • En una Oficina del SAT previa cita registrada en éste Portal, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
 
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
A más tardar el día 10 del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda.
 
Requisitos
  • IDE-M Declaración mensual de depósitos en efectivo.
  • Apegarse a las especificaciones técnicas y procedimientos de recepción para la presentación de la Declaración mensual de depósitos en efectivo, publicadas en éste Portal.
 
En contingencia:
La información se entregará en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente que corresponda: Distrito Federal 4, Nuevo León 2, Guanajuato 3, Jalisco 3, mediante dispositivos de almacenamiento óptico disco compacto (CD) o DVD, en ambos casos no re-escribibles, acompañada de escrito por duplicado dirigido a la Administración referida.
 
Condiciones
Contar con e.firma vigente o contraseña.
 
Información adicional
Tratándose de instituciones del sistema financiero, cuyos clientes en uno o varios meses no reciban depósitos en efectivo que excedan del monto acumulado mensual de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.), éstas deberán informar mensualmente en la forma IDE-M, sin operaciones por el periodo de que se trate.
 
Compromisos de servicio
Portal del SAT
Disponibilidad permanente.
Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Atención Personal
Duración máxima: 40 minutos por trámite.
Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.​
 
Pasos para realizar el trámite
Portal del SAT
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y Contraseña en Mi Portal, seguido de iniciar sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones servicios por Internet: servicio o solicitudes: solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: servicio de aviso, indicando el trámite a realizar.
  4. En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documentos del trámite escaneado(s).
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
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Atención Personal
  1. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT que te corresponda.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y conserva la forma oficial sellada, como acuse de recibo.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; 94 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta; reglas 3.5.12., 3.5.13., 3.5.14., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
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Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:02
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