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Declaración anual de depósitos en efectivo.
Quiénes lo presentan
Instituciones del sistema financiero que paguen intereses, cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que se realicen en todas las cuentas de las que el contribuyente sea titular en una misma institución exceda de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100  M.N), así como respecto de todas las adquisiciones en efectivo de cheques de caja, en términos del artículo 55, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
 
Dónde se presenta
Vía electrónica en los canales establecidos:
  • CECOBAN para las instituciones del sistema financiero que tienen acceso a dicho canal;
  • Vía internet para el resto de las instituciones; o
  • En una oficina del SAT, previa cita registrada en éste portal, SAT Móvil o Portal GOB.MX.
 
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
A más tardar el 15 de febrero de cada año.
 
Requisitos
  • IDE-A declaración anual de depósitos en efectivo.
  • Apegarse a las especificaciones técnicas y procedimientos de recepción para la presentación de la Declaración anual de depósitos en efectivo, publicadas en éste portal.
 
En contingencia:
La información se entregará en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente que corresponda: Distrito Federal 4, Nuevo León 2, Guanajuato 3, Jalisco 3, mediante dispositivos de almacenamiento óptico disco compacto (CD) o DVD, en ambos casos no re-escribibles, acompañadas de escrito por duplicado dirigido a la Administración referida.
 
Condiciones
Contar con e.firma vigente o contraseña.
 
Información adicional 
Tratándose de instituciones del sistema financiero, cuyos clientes en el ejercicio no reciban depósitos en efectivo que excedan del monto acumulado mensual de $15,000.00 (Quince mil pesos 00/100 M.N.), éstas deberán informar anualmente en la forma IDE-A, sin operaciones por el ejercicio de que se trate.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Atención presencial
  • Duración máxima: 40 minutos por trámite.
  • Calidez y amabilidad en el servicio: 100% de los casos.
 
Pasos para realizar el trámite
Portal SAT
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y contraseña en Mi Portal, seguido de iniciar sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones servicios por internet: servicio o solicitudes: solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: servicio de aviso, indicando el trámite a realizar.
  4. En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite escaneado(s).
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
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Atención presencial
  1. Agenda una cita y acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT que te corresponda.
  2. Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibe y conserva el documento electrónico o escrito libre sellado, como acuse de recibo.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; reglas 3.5.11., 3.5.1​3., 3.5.14., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
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Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:02
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