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Aclaración para desvirtuar los incumplimientos detectados durante la verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico para operar como proveedor de certificación y generación de factura electrónica para el sector primario
Quiénes lo presentan
Proveedores de certificación y generación de factura electrónica para el sector primario autorizados por el SAT y aspirantes a Proveedor de certificación y generación de factura electrónica para el sector primario sujetos a procedimiento de verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico por parte de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información (AGCTI).
 
Dónde se presenta
  • A través de Buzón Tributario, y;
  • Mediante la entrega o envío de los discos compactos, DVD´s o dispositivos electromagnéticos, por correo certificado o mensajería especializada a la dirección siguiente: 3a cerrada de Cáliz s/n, col. El reloj, deleg. Coyoacán, c.p. 04640, en atención a la Administración Central de Seguridad Monitoreo y Control de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información (AGCTI).
     
Qué documentos se obtienen
Acuse de recibo y oficio de resultado final.
 
Cuándo se presenta
Dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a aquél en que surta efectos la notificación de incumplimientos detectados dentro del procedimiento de verificación del cumplimiento de requisitos y obligaciones de carácter tecnológico por parte de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información (AGCTI).
 
Requisitos
  • Aclaración o manifestaciones correspondientes a cada incumplimiento, suscritas por el representante o apoderado legal con facultades para tal efecto, mediante documento firmado autógrafamente, digitalizado y remitido vía Buzón Tributario.
  • Relación de anexos y documentación que acredite sus manifestaciones con los HASH MD5 correspondientes a cada archivo.
  • Archivos en formato PDF y plataforma Office.
 
Condiciones
  • Contar con e.firma vigente.
  • Contar con un correo electrónico para Buzón Tributario.
 
Información adicional
La entrega de la información y documentación no implica tener por atendidos o subsanados los incumplimientos toda vez que los mismos se encuentran sujetos a revisión.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.​
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites y selecciona la opción Buzón Tributario.
  2. Captura tu RFC y contraseña o tu e.firma, seguido del inicio de sesión.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico, indicando el trámite que desees realizar.
  4. Ingresa archivo(s) comprimidos en (.zip) que generaste en tu equipo de cómputo, USB o CD.
  5. Envía el trámite al SAT e imprime tu acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del correo electrónico que registraste para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 17-K, 29 fracción IV del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.7.4.1., 2.7.4.5., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:10
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