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Aviso de cambios tecnológicos para los proveedores de certificación de factura.
Quiénes lo solicitan
Los proveedores de certificación de factura que realicen cambios tecnológicos.
 
Dónde se presenta
En éste Portal.
 
Qué documento se obtiene
Acuse de recibo.
 
Cuándo se presenta
Cuando las personas morales antes señaladas, realicen algún cambio tecnológico con posterioridad a la obtención de la autorización como proveedor de certificación de factura.
a) Al menos quince días antes de la realización de los cambios tecnológicos.
b) Cuando se realice de manera urgente algún cambio tecnológico derivado de un incidente que no permita la prestación del servicio, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la realización del mismo, incluyendo las acciones de solución realizadas.
Para lo cual, se utilizará el catálogo de hardware y software siguiente:
  • Cambio en servidores (hardware).
  • Integración de nuevo equipo (hardware).
  • Baja de equipo (hardware).
  • Cambio en equipos de red (hardware).
  • Modificación en la arquitectura de la aplicación (software).
  • Alta, baja, cambio en la base de datos (software).
  • Cambio de centro de datos.
  • Virtualización de infraestructura.
  • Otros.
Requisitos
  • Documento en archivo digitalizado que contenga la manifestación de la persona moral sobre los cambios tecnológicos realizados, indicando razón social, RFC de la persona moral, número de oficio de la autorización vigente, fecha del cambio, precisando hora de inicio y término, así como las razones y motivos de dicho cambio; el documento debe contar con la firma del representante legal de la persona moral y de contacto tecnológico.
  • Anexar en electrónico la siguiente información:
  • Análisis de riesgos.
  • Plan de seguimientos a riesgos detectados.
  • Control de cambios autorizados.
  • Plan de pruebas funcionales y operacionales.
  • Matriz de escalamiento.
  • Cronograma de actividades.
  • Comunicado del cambio interno.
Todo lo anterior debe tener como alcance el cambio a realizar.

Condiciones
Contar con contraseña.
 
Información adicional
En el caso del inciso a) de la presente ficha, una vez realizado el cambio tecnológico, el proveedor deberá enviar la información que acredite su implementación, a través del mismo caso de Servicio o Solicitud en el que dio el aviso previo, esto deberá hacerlo dentro de los cinco días posteriores a la realización del cambio.
 
Compromisos de servicio
  • Disponibilidad permanente.
  • Emisión inmediata del acuse de recepción del trámite.
 
Pasos para realizar el trámite
  1. Ingresa a la sección trámites, captura tu RFC y Contraseña en Mi Portal, seguido de Iniciar Sesión.
  2. Selecciona sucesivamente las opciones Servicios por Internet: Servicio o solicitudes: Solicitud.
  3. Llena los datos solicitados por el formulario electrónico: Servicio de Aviso, indicando el trámite a realizar.
  4. En su caso, ingresa el(los) archivo(s) con el(los) documento(s) del trámite escaneados.
  5. Envía tu trámite al SAT e imprime y conserva el acuse de recibo electrónico.
  6. Espera respuesta del SAT a través del medio que hayas elegido para contactarte.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículo 29, fracción IV, segundo al quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación; reglas 2.7.2.1., 2.7.2.8., 2.7.2.11., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Última modificación:
01 de enero de 2018 a las 00:10
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