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Preguntas y respuestas frecuentes sobre el Programa Electrónico F3241
   
1. ¿Qué es y para qué sirve?
 
Es la aplicación electrónica que permite crear el archivo digital que contenga la información de los anexos electrónicos A, 1, 2A, 2A Bis, 7, 7A, 7B, 8, 8 Bis, 8A, 8A Bis, 8B, 8C, 9, 9 Bis, 9A, 9B, 9C, 10, 10 Bis, 10A, 10B, 10C, 10D, 10E, 10F, 11, 11A, 12, 12A, 13, 13A, 14 y 14A, según corresponda, de las solicitudes de devolución o avisos de compensación, en materia de IVA, ISR, IMPAC, IETU e IDE.
 
2. ¿Cómo se utiliza?
 
Primero debe descargar los archivos de instalación y los manuales, tanto el de instalación como el del usuario. 
 
Después deberá instalar la aplicación en un equipo que cumpla con las características indicadas en el manual de instalación.
 
Finalmente deberá realizar la captura de datos de acuerdo al manual de usuario.
 
3. ¿Qué información genera?
 
Una vez terminada la captura de la solicitud (datos del formato 32 ó 41 y anexos correspondientes), deberá crear el archivo digital que contenga todos los datos respectivos.
 
Una vez creado el archivo, deberá grabarlo en un disco compacto (CD) y entregarlo conjuntamente con el formato 32 ó 41 tradicional, en las ventanillas de la Administración Local de Servicios al Contribuyente correspondiente, o en caso de Grandes Contribuyentes en las ventanillas de atención de la Administración General de Grandes Contribuyentes.
 
4. ¿Qué pasa si generé mis archivos con una versión del programa electrónico anterior o distinta a la vigente al momento de presentar los archivos en la oficina del SAT?
 
Deberá descargar e instalar la versión vigente del programa electrónico y volver a capturar la información y generar nuevos archivos encriptados para que sean estos los que presente ante el SAT.
 
En caso de presentar archivos encriptados generados por alguna versión anterior o distinta a la vigente del programa electrónico, los sistemas del SAT no estarán en posibilidad de recibirlos y no podrá realizar el trámite.
 
 

Preguntas frecuentes

 
1.- ¿ Los contribuyentes dictaminados tienen la obligación de presentar los anexos 7 y 7A?
 
Si.
 
2. ¿Se debe presentar el formato 32 ó 41 de papel?
 
Si, y adicionalmente se deberá entregar en CD el archivo digital que genera la aplicación.
 
3.- ¿Puedo reutilizar los datos de una solicitud previamente aceptada por el SAT, para agilizar la captura de una nueva solicitud?
 
Si, pero la solicitud debe corresponder a la versión vigente del programa y antes de crear el archivo encriptado deberá actualizar el "ID de la solicitud" utilizando el módulo “Actualizar ID”.
 
4.- ¿El formato electrónico F3241 funciona correctamente en Windows 7?
 
Si.
 
5.- ¿Si ya tengo instalada la versión 2.6.1 es necesario que instale la nueva versión 2.6.1?
 
No necesariamente, usted puede escalar a la nueva versión, para ello deberá descargar el archivo para actualizar los catálogos del sistema y copiarlos en la carpeta en la que tiene instalado el formato electrónico F3241 versión 2.6.1.
Última modificación:
02 de marzo de 2014 a las 00:30
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