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Para la reactivación económica de las microempresas y pequeñas y medianas empresas se establecieron facilidades temporales fiscales en ISR, IVA y IEPS, y en el pago de cuotas de Seguridad Social del IMSS.
Los contribuyentes con domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en los municipios de Campeche y Ciudad del Carmen del estado de Campeche, y Centro, Cárdenas, Centla, Comalcalco, Huimanguillo, Macuspana y Paraíso del estado de Tabasco, pueden obtener los siguientes beneficios:
Quienes opten por los beneficios deben hacerlo por todos los pagos provisionales o mensuales. La condonación no se considera ingreso acumulable para los efectos del impuesto sobre la renta.
Los contribuyentes que efectúen el pago en parcialidades no están obligados a garantizar el interés fiscal.
La aplicación de los beneficios establecidos en el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales, publicados el 11 de mayo de 2016 en el Diario Oficial de la Federación no da lugar a devolución o compensación alguna diferente a la que se tendría en caso de no utilizar dichos beneficios.