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¿La información de todos los contribuyentes con un crédito fiscal se envía al Buró de Crédito?

Únicamente se integran al Buró de Crédito los adeudos fiscales exigibles de personas físicas y morales; es decir, aquellos adeudos que el SAT ha notificado al contribuyente y no han sido pagados o garantizados en los términos y tiempos establecidos por la ley. No se trata de integrar a los contribuyentes a la base de datos del Buró de Crédito, sino únicamente aquellos con adeudos fiscales exigibles.

Los adeudos fiscales exigibles ahora forman parte del historial crediticio de una persona o empresa, por lo que es importante pagar las contribuciones a las que estamos obligados en forma correcta y oportuna.

El Buró de Crédito proporciona información sobre el historial crediticio de una persona o empresa, sin importar si es positivo o negativo,
por ello es importante cumplir con las obligaciones fiscales oportunamente.  Al realizar el pago, se reflejará la nueva situación del crédito misma que se conserva hasta 72 meses, contados a partir de la fecha en que se liquidó totalmente por lo que es importante aclarar que en éstos casos el adeudo NO ES ELIMINADO de las Sociedades de Información Crediticia.
Última modificación:
24 de diciembre de 2012 a las 14:35
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