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Tasas de Recargos
Se establecen para el 2015 las siguientes tasas mensuales de recargos aplicables a los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales:
 
  1. 0.75 % sobre los saldos insolutos.
  2. Cuando se autorice el pago a plazos, se aplicarán las siguientes tasas de recargos sobre los saldos y durante el periodo de que se trate, las cuales ya incluyen la actualización realizada conforme al Código Fiscal de la Federación (CFF).
 
a)    1 % para pagos a plazos en parcialidades hasta 12 meses
b)    1.25 % para pagos a plazos en parcialidades de más de 12 meses y hasta de 24 meses
c)    1.5 % para pagos a plazos en parcialidades superiores a 24 meses, así como para pagos a plazo diferido. 
 
Última modificación:
01 de diciembre de 2014 a las 13:12
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