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Clausura de establecimientos en los que se realicen juegos con apuestas y sorteos

Se establece el procedimiento al que deben sujetarse las autoridades fiscales en el caso de clausuras de establecimientos donde se realicen actividades de juegos con apuestas y sorteos, cuando los contribuyentes de dichas actividades no cumplan con la obligación de:


  • Llevar sistemas de cómputo.

  • Proporcionar al SAT en forma permanente, la información en línea y en tiempo real del sistema central de apuestas.


Las autoridades deben sujetarse al procedimiento previsto en los artículos 42, fracción V y 49 del Código Fiscal de la Federación, es decir el aplicable a las visitas domiciliarias y el de verificación de expedición de comprobantes fiscales.
Última modificación:
29 de mayo de 2014 a las 17:37
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