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Exenciones fiscales
Se mantiene la exención en:

  • Impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN) para aquellos con:

    • Propulsión por baterías eléctricas recargables.
    • Eléctricos con motor de combustión interna.
    • Accionados por hidrógeno.

  • Derecho de Trámite Aduanero (DTA), por importaciones de gas natural.

Fundamento legal: Artículo 16, apartado B, de la Ley de Ingresos de la Federación.
Última modificación:
24 de diciembre de 2012 a las 14:34
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