SAT > Fichas temáticas > Reforma fiscal > cómo se calcula
   Fuente Pequeña    Fuente Mediana    Fuente Grande                     Imprimir  Imprimir                     
cómo se calcula
Para calcular los pagos provisionales se realiza el siguiente procedimiento:
 
Ingresos percibidos en el periodo
50,000.00
(-)
Deducciones autorizadas por la LIETU pagadas en el mismo periodo​
15,000.00
(=)
Base gravable del IETU
35,000.00
(X)
Tasa
17.5%
(=)
IETU mensual determinado
6,125.00
(-)
Crédito fiscal (deducciones superiores a los ingresos)
0.00
(-)
Acreditamiento por salarios y aportaciones de seguridad social
0.00
(-)
Crédito fiscal por inversiones de 1998 a 2007
0.00
(-)
Otros créditos fiscales​ ((70kB) ver decreto)
0.00
(-)
Pagos provisionales de ISR propio pagados con anterioridad correspondientes al mismo ejercicio, incluido el del mes de que se trate
1,000.00
(-)
ISR retenido del mismo periodo por el que se efectúa el pago provisional
(=)
IETU a pagar
4,775.00
(-)
Pagos provisionales del IETU pagados con anterioridad en el mismo ejercicio
2,000.00
(=)
IETU a cargo
3,125.00
 
Última modificación:
01 de octubre de 2014 a las 10:53
Trámites e-firma Contraseña Citas Chat Facebook Twitter YouTube Apps