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REGLA 2.20.1. DE LA RESOLUCIÓN MISCELANEA FISCAL PARA 2017.- PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN SOBRE SITUACIÓN FISCAL
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REGLA 2.20.1. DE LA RESOLUCIÓN MISCELANEA FISCAL PARA 2017.- PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN SOBRE SITUACIÓN FISCAL
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2.20.1.
Para los efectos del artículo 32-H del CFF, los contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal, incluyendo la presentada
en forma complementaria y/o extemporánea, deberán realizar su envío a través del Portal del SAT, por medio de la herramienta denominada DISIF (32H-CFF), en el formato y apartados correspondientes, para lo cual deberán contar con certificado de e.firma vigente, observando el procedimiento siguiente:
I.
Obtendrán la herramienta para la presentación de la Información sobre su Situación Fiscal correspondiente al ejercicio fiscal de que se trate, a través del Portal del SAT.
II.
Una vez instalada la herramienta, capturarán los datos generales del declarante, así como la información solicitada en cada uno de los apartados correspondientes, generándose un archivo que presentarán vía Internet, para ello deberán identificar el formato que les corresponde, conforme a lo siguiente:
a)
Personas
morales en general, (incluyendo a las entidades paraestatales de la administración pública federal y a cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero).
b)
Instituciones
de crédito (sector financiero).
c)
Grupos
financieros (sector financiero).
d)
Casas
de cambio (sector financiero).
e)
Casas
de bolsa (sector financiero).
f)
Instituciones
de seguros y fianzas (sector financiero).
g)
Otros
intermediarios
financieros (sector financiero).
h)
Fondos
de inversión (sector financiero).
i)
Sociedades
integradoras e integradas a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la Ley del ISR.
j)
E
stablecimientos permanentes de residentes en el extranjero.
III.
La información que se presente deberá cumplir con lo dispuesto en los instructivos de integración y de características, y en los formatos guía, que se encuentran para su consulta en el Portal del SAT, de conformidad con el tipo de formato que corresponda.
IV.
El archivo con la información se presentará a través del Portal del SAT. La fecha de presentación, será aquella en la que el SAT reciba correctamente la información correspondiente.
El SAT enviará a los contribuyentes vía correo electrónico, el acuse de aceptación de la información sobre situación fiscal, denominado declaración informativa sobre situación fiscal, el cual deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho órgano, lo anterior podrá ser consultado a través de internet en el Portal del SAT.
V.
En las declaraciones complementarias que presenten los contribuyentes, se deberá indicar el número de operación asignado y la fecha de presentación de la declaración que se complementa. Se llenará nuevamente la declaración con los datos correctos, así como los datos generales del declarante, siguiendo el procedimiento establecido en las fracciones I, II, III y IV de la presente regla
Última modificación:
30 de noviembre de 2017 a las 13:19