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Otros conceptos y montos

Si en el año obtuviste ingresos por los conceptos y montos siguientes, debes incluirlos en tu Declaración Anual:
 
  •  Viáticos

    Los viáticos cuyo monto exceda de 500,000 pesos, siempre que la suma total represente más del 10% del total de los sueldos y salarios pagados por el patrón.
 
  •  Intereses

    Si percibiste ingresos por intereses y estás en los siguientes casos:
     
      1. Si obtuviste ingresos por intereses reales superiores a 100,000 pesos.

 

      1. Cuando además de los intereses, obtengas ingresos por otros conceptos, por ejemplo: servicios profesionales o arrendamiento de bienes inmuebles, sin importar el monto de cada uno.

 

      1. Cuando percibas intereses y salarios y la suma de ambos sea mayor de 400,000 pesos sin importar el monto por cada uno de dichos conceptos.

 

      1. Cuando percibas intereses y salarios y la suma de ambos sea de hasta 400,000 pesos, pero el monto de los intereses reales sea mayor a 100,000 pesos.

 

      1. Cuando hayas cobrado el seguro de separación individualizado deberás considerar como interés real, el monto establecido en el rubro I. MONTO DE LA OPERACIÓN O ACTIVIDAD GRAVADA, que se encuentra en la constancia que emita la empresa aseguradora.

 

Préstamos, premios, donativos, herencias o legados y por enajenación de casa habitación por los montos siguientes:
 

      1. Los ingresos por: préstamos, premios y donativos, que en lo individual o en su conjunto excedan de 600,000 pesos.

 

      1. Los ingresos exentos del pago del impuesto sobre la renta por concepto de herencias o legados y por enajenación de casa habitación, se deberán anotar siempre que la suma de los ingresos totales, contenidos en tu declaración, sea superior a 500,000 pesos.
 
Se deben informar los ingresos mencionados con independencia de que, en su caso, ya se haya(n) pagado el(los) impuesto(s) correspondiente(s), cuando no se tenga ninguna cantidad que declarar se deberá anotar 0 (cero) en cada concepto.
 
Última modificación:
23 de marzo de 2017 a las 20:44
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