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Obligaciones en general

Las personas residentes en el extranjero que obtienen ingresos en México y que no tienen un establecimiento permanente en el país, o teniéndolo los ingresos no provienen de dicho establecimiento, tienen las siguientes obligaciones:

  • Pagar el impuesto sobre la renta por los ingresos obtenidos. Esta obligación se cumple realizando el pago correspondiente del impuesto, a través de la persona que lo retiene y entera al Servicio de Administración Tributaria, o bien cuando el contribuyente que obtiene los ingresos calcula el impuesto y lo entera de manera personal, mediante la presentación de la declaración correspondiente.
  • ​Las personas que perciben ingresos por servicios profesionales independientes por honorarios, por arrendamiento de bienes inmuebles, o en general por otorgar el uso o goce temporal de dichos bienes deben expedir factura electrónica. 
​El impuesto que se paga mediante retención, o bien directamente por el contribuyente, se considera pago definitivo, lo que significa que no se tiene obligación de presentar Declaración Anual. 

Última modificación:
05 de abril de 2017 a las 14:45
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