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Internación temporal de vehículos
Quienes pueden realizar el trámite
Los residentes en la franja o región fronteriza del país que sean propietarios de vehículos usados importados definitivamente a esas zonas, pueden solicitar la internación temporal de dichos vehículos al resto del territorio nacional.
 
Dónde?
En los módulos CIITEV operados por BANJERCITO, ubicados dentro de la circunscripción de la aduana de ingreso al territorio nacional, de la siguiente forma:
 
Costo
Cuatrocientos pesos/mn. 
 
Plazo
180 días en un periodo de un año; en este caso, los seis meses serán improrrogables y se computarán en entradas y salidas múltiples efectuadas dentro del periodo de 12 meses contados a partir de la primera internación.
 
Requisitos
  1. Acreditar tu residencia en franja fronteriza, presentando original y copia de cualquiera de los siguientes documentos: 
    • Recibos del impuesto predial, teléfono, luz o agua siempre que no tenga una antigüedad mayor a tres meses.
    • Estado de cuenta que proporcione alguna institución del sistema financiero siempre que no tenga una antigüedad mayor a tres meses.
    • Contrato de arrendamiento o subarrendamiento vigente con el último recibo de pago correspondiente al mes que se haga el acreditamiento o al mes inmediato anterior que contenga cédula fiscal.
    • Recibo de pago al Instituto Mexicano del Seguro Social, de las cuotas obrero patronales causadas en el mes inmediato anterior.
    • Constancia de radicación expedida por el municipio correspondiente, siempre que tenga una antigüedad no mayor a tres meses.

  2. Acreditar tu personalidad jurídica, presentando original y copia de cualquiera de los siguientes documentos:
    • Credencial para votar (INE)
    • Cédula profesional
    • Pasaporte
    • Cartilla del servicio militar nacional
    • Carta de naturalización
    • Forma migratoria con fotografía
    • Credencial de inmigrado.

  3. Acreditar propiedad del vehículo, presentando original y copia simple de cualquiera de los siguientes documentos:
    • Título de propiedad.
    • Factura.
    • Resolución judicial en la que se acredite la propiedad del vehículo.

  4. Acreditar que el vehículo se encuentra importado en forma definitiva a la franja o región fronteriza, presentando original y copia de los siguientes documentos:
    • Original del pedimento de importación definitiva a nombre del interesado o copia certificada de este expedida por la autoridad aduanera.
    • Original del Certificado del Registro Federal de Vehículos, cuando el vehículo de que se trate haya sido importado con anterioridad a la abrogación de la Ley del Registro Federal de Vehículos.
    • En caso de financiamiento se deberá exhibir el pedimento a nombre del importador original y la carta de crédito o carta factura otorgada por la empresa o institución que esté financiando la compra.
    • En caso de compraventa entre particulares que no se encuentran obligados a expedir factura, se deberá exhibir el original del pedimento respectivo a nombre del importador debidamente endosado a su nombre o en su caso, con continuidad en los endosos que acrediten que quien interna el vehículo es el último adquirente.

Declaración
El interesado firmará la declaración de reconocimiento de embargo del vehículo en la vía administrativa, la cual expedirá Banjercito así como suscribir el acta correspondiente en la que se constituye el embargo y se hace constar que se le designa depositario del vehículo
 
Conducción del vehículo en el resto del país:
Los vehículos internados temporalmente no podrán prestar el servicio de autotransporte de carga, pasajeros o turismo y deberán de ser conducidos en territorio nacional por el propietario, su esposa (o), hijos, padres o hermanos, o por cualquier otra persona, siempre que en este último caso, la persona que realizó la internación se encuentre en el vehículo; cuando el propietario sea una persona moral deberá ser conducido por una persona que tenga relación laboral con el propietario. 
 
Retorno
Retorno parcial. Banjercito registra información del retorno en el sistema y entrega al importador su comprobante de retorno parcial, para que pueda realizar entradas y salidas múltiples durante la vigencia del permiso.
 
Retorno definitivo.  El operador de Banjercito registra la información en el sistema, desprende el holograma y retira el permiso, entregándole su comprobante de retorno definitivo.
 
Recomendaciones
Verificar que todos los datos de identificación del vehículo como lo es; marca, año, modelo, tipo y número serie (NIV o VIN), así como los datos del usuario se encuentren impresos en el permiso y sean correctos.
 
En caso de que el automóvil internado temporalmente sufra un accidente,  robo u otra situación en México puedes consultar los requisitos para solicitar la cancelación del permiso en nuestros Lineamientos​, o si lo prefieres puedes comunicarte a los siguientes teléfonos gratuitos, para conocer los requisitos que debes presentar a fin de cancelar el permiso:

Mayor información a través de MarcaSAT:
  • ​Desde la Ciudad de México: 627 22 728 opciones 7 y 6.
  • Del resto del país: 01 55 627 22 728 opciones 7 y 6.
  • Desde Estados Unidos de América y Canadá: 1 8 77 44 88 728 opciones 7 y 6.​​
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Última modificación:
12 de junio de 2018 a las 13:31
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