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Los agentes aduanales, podrán solicitar autorización para actuar en una aduana adicional a la de su adscripción, siempre que cumplan con los requisitos previstos en el “Instructivo de trámite para la autorización de aduana adicional (Regla 1.4.2)”, el cual se indica a continuación:
Instructivo de trámite para la autorización de aduana adicional (Regla 1.4.2.).
¿Qué documento se obtiene? Oficio de respuesta a la solicitud.
Requisitos:
1. Manifestar:
a) Denominación o razón social, RFC y domicilio fiscal de las sociedades que hubiera constituido para facilitar la prestación de sus servicios.
b) Señalar la aduana adicional en la que desea actuar o en su caso renunciar.
c) Indicar el domicilio para recibir notificaciones dentro de la circunscripción de la aduana donde desea actuar o en su caso renunciar.
2. No se requiere presentar documentación.
La Administración Central de Apoyo Jurídico de Aduanas (ACAJA), verificará que el agente aduanal y, en su caso, las sociedades que hubiera constituido para facilitar la prestación de sus servicios, hubieran presentado la declaración anual del ISR correspondiente al último ejercicio fiscal por el que se debió haber presentado. Asimismo, los agentes aduanales podrán solicitar autorización para cambiar de aduana de adscripción, para lo cual deberán enviar a través del servicio de mensajería o presentar ante la ACAJA, escrito libre firmado por el agente aduanal y señalando bajo protesta de decir verdad, que no cuenta con mercancías pendientes de despacho, en la actual aduana de adscripción.