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ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN Y CÉDULAS CANCELADAS GENERADAS POR LA INSCRIPCIÓN EN EL RFC DE PERSONAS MORALES
Los notarios públicos  incorporados al sistema de inscripción en el RFC a través de fedatario público por medios remotos  deben entregar la información de las inscripciones realizadas del 1 al 15 de cada mes dentro de los 4 días hábiles posteriores al día 15 del mismo mes y de las inscripciones realizadas del 16 al último día de cada mes dentro de los primeros 4 días hábiles del mes siguiente
 
Para cumplir con esta obligación debe acudir a la Administración Local de Servicios al Contribuyente  que corresponda y entregar la documentación que se señala en el Catálogo de​ Trámites y Servicios. (Regla 2.4.11. RMF para 2015).
Última modificación:
15 de julio de 2015 a las 12:50
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