Combate a la evasión y elusión de impuestos

1. Promovimos medidas para combatir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios
  • Habrá protocolos de intercambio automático de información de cuentas financieras entre las instituciones.
  • Estableceremos declaraciones informativas en materia de precios de transferencia.
2. Establecimos la obligación de los contribuyentes de presentar declaraciones informativas en materia de precios de transferencia, que consideran:
  • Muestra de partes relacionadas del grupo multinacional, en la que se presenta información de su estructura organizacional, descripción del negocio, intangibles, actividades financieras con sus partes relacionadas, así como su posición financiera y fiscal.
  • Local de partes relacionadas, que incluye una descripción y análisis de las transacciones de los contribuyentes locales así como sus obligaciones con sus partes relacionadas; también información financiera de la empresa obligada y de las empresas utilizadas como comparables.
  • País por país del grupo multinacional, con la información –de jurisdicción fiscal– de ingresos e impuestos pagados. Asimismo, incluye algunas variables que permiten ubicar sus actividades económicas realizadas en las jurisdicciones en las que opere el grupo. Esta declaración es exclusivamente para empresas con ingresos anuales superiores a 12,000 millones de pesos.
3. Se ajusta la definición de pequeño productor del sector primario
  • Aumenta el umbral de ingresos para estos productores, entre cuarto y ocho salarios mínimos.
4. Se extiende el estímulo de diésel a todas las actividades del sector industrial
  • Ahora todas las actividades industriales podrán acreditar el IEPS contra el ISR en consumo de ISR, incluso solicitar su devolución en lugar del acreditamiento.

5. Habrá medidas para acelerar el proceso de desconsolidación:
  • Acreditación del ISR pagado en la distribución de dividendos contra el impuesto diferido de las empresas.
  • Acreditación de pérdidas para amortizar contra el ISR diferido determinado, por la desconsolidación, con un descuento de 50% de su valor.
  • Establecimiento de un calendario de pagos para enterar el ISR diferido de las pérdidas en enajenación de acciones.
6. Se incrementará el límite para la deducción de automóviles
  • Este año se incrementó el tope de deducción para vehículos automotores de 130 a 165 mil pesos por unidad.

7. Se incrementan las deducciones relacionadas a los gastos médicos
  • A partir de 2016, las deducciones personales que se declaren por concepto de gastos médicos por afectaciones incapacitantes ya no tendrán un límite global anual.

8. Se reducen plazos por venta de vivienda para la exención del ISR
  • Ahora el plazo pasará de cinco a tres años, para efectos en ingresos personales.

9. Se establecen límites de precios al combustible para que, durante 2016 y 2017, fluctúen consistentemente con los referentes internacionales y protejan la economía del consumidor final
  • Se fija un límite para las fluctuaciones del precio del combustible, alrededor de 3% respecto de los precios internacionales.
  • Se adopta un esquema de impuesto de cuota fija a los combustibles.
  • Publicaremos la metodología para la determinación de los precios y sus límites.