Declaraciones informativas

 

Revelar esquemas reportables generalizados y personalizados


¿Quién la presenta?

Los asesores fiscales o contribuyentes obligados a revelar esquemas reportables.


¿Qué se revela?

La información señalada en el artículo 200 del Código Fiscal de la Federación y en las reglas 2.21.4. a 2.21.22. y 2.21.25. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.


¿Cuándo se presenta?

  • Esquemas generalizados: a más tardar dentro de los 30 días hábiles siguientes al día en que se realiza el primer contacto para su comercialización, es decir, cuando se toman las medidas necesarias para que terceros conozcan la existencia del esquema.
  • Esquemas personalizados: a más tardar dentro de los 30 días hábiles siguientes al día en que el esquema esté disponible para el contribuyente para su implementación, o se realice el primer hecho o acto jurídico que forma parte del esquema, lo que suceda primero.


¿Qué documentos se obtienen?

  • Acuse de recibo.
  • Certificado que contiene el número de identificación del esquema reportable.
  • Copia de la declaración informativa.


Fundamento legal: Artículo 197, 198, 200 y 201 del CFF; regla 2.21.1. de la RMF 2021 y ficha de trámite 298/CFF del Anexo 1-A de la RMF 2021.