Pago en parcialidades o diferido
 

Para el caso de que desees liquidar tu adeudo, pero no cuentas con la totalidad del importe, cuentas con la facilidad de pagarlo en mensualidades o de forma diferida.

Para solicitar esta facilidad, puedes señalarlo en tu declaración, o en su caso preséntate en la oficina de Servicios al Contribuyente que te corresponda, preferentemente acude con previa cita, solicítala aquí.

Puedes hacer un cálculo aproximado de tus parcialidades o del monto final en caso de diferir tu pago, con los siguientes simuladores:

 
     
  Pago en parcialidades
  Pago diferido
     
     

Requisitos:

 
  • Escrito libre o archivo electrónico en PDF, según corresponda en el que se manifieste lo siguiente:

    • El número del adeudo o la manifestación de que se trata de un adeudo autodeterminado.
    • El monto del adeudo a pagar a plazos, ya sea en parcialidades o diferido y el periodo que comprende la actualización en los términos del artículo 66, fracción II, inciso a) del CFF.
    • El monto de los accesorios causados, identificando la parte que corresponda a recargos, multas y a otros accesorios.
    • La modalidad de pago a plazos, en parcialidades o de manera diferida, según se trate la elección del contribuyente:
    • En el pago en parcialidades, se deberá señalar el plazo en el que se cubrirá el adeudo fiscal, sin que exceda de 36 meses.
    • Para el pago diferido, se deberá señalar la fecha en la que se cubrirá el adeudo fiscal, sin que exceda de 12 meses.
    • Cuando se haya manifestado el adeudo a través de declaración normal o complementaria, debe señalar el número de folio de la Declaración en el escrito libre.
    • Se deberá adjuntar a la solicitud el comprobante de pago inicial de, cuando menos el 20%.

  • Copia de la resolución que dio origen al(los) crédito(s) fiscal(es) determinados por la autoridad, en su caso.

  • Tratándose de personas morales régimen general, copia certificada del acta constitutiva.

  • Copia de identificación oficial de quien firma el escrito libre, en su caso.

  • Copia de la representación legal, Escritura Pública (Poder Notarial), a través de la cual se acredite la personalidad (personas morales), en su caso.