Trámites y autorizaciones


Solicitud para la inscripción o renovación en el registro para la toma de muestras de mercancías, conforme al artículo 45 de la Ley (regla 3.1.3.).


Quiénes lo presentan
Los importadores o exportadores.

 
Dónde se presenta
Ante la Administración Central de Operación Aduanera (ACOA), a través del Portal del SAT, accesando a la Ventanilla Digital, de conformidad con la regla 1.2.2., último párrafo de las Reglas Generales de Comercio Exterior.

 
Qué documento se obtiene
Oficio de respuesta a la solicitud.

 
Cuándo se presenta
En cualquier momento se podrá presentar la solicitud de inscripción.
La solicitud de renovación se presenta dos semanas anteriores al vencimiento del registro vigente.

 
Requisitos
  • Manifestar:
      a) El último tipo de despacho con reconocimiento aduanero que se realizó.
      b) Descripción detallada de la mercancía.
      c) Naturaleza de la mercancía.
      d) Estado de agregación de la materia.
      e) Si la mercancía es considerada como estéril, radioactiva, peligrosa, corrosivo, reactivo, explosivo, toxico, inflamable o biológico infeccioso.
      f) Si la exposición de la mercancía a las condiciones ambientales ocasiona daño o inutilización.
      g) Si se requiere para el muestreo de la mercancía instalación o equipo especial.
      h) Medios de seguridad y precauciones aplicables para la muestra de la mercancía.
  • Documentación técnica de la mercancía que se pretende importar conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de la Ley Aduanera. (Hoja de seguridad), la cual se presentará dentro de los 5 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.
  • Tratándose del registro de mercancías radiactivas, los interesados deberán presentar en lugar de sus muestras, el certificado de análisis expedido por el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ), el cual deberá tener fecha de expedición no mayor a 15 días anteriores de la fecha de presentación de la solicitud, dicho certificado deberá indicar el radioisótopo de que se trate, la radiación que emite y su actividad.
  • Permiso ordinario de importación de material explosivo, expedido por la SEDENA, tratándose del Registro de Mercancías de tipo “Explosivo”.
  • Descripción de muestreo en planta (sólo para productos que requieren instalaciones o equipo especial para su muestreo (información sobre el muestreo del producto en planta).
  • Presentar la muestra de la mercancía que pretenda importar.
  • Para la renovación del registro, se deberá cumplir con los requisitos previstos para el otorgamiento del registro.
 
Condiciones
  • Estar inscrito y activo en el RFC.
  • Contar con e.firma vigente.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
  • Efectuar el pago de derecho a través del esquema electrónico e5cinco, a que hace referencia la regla 1.1.6., con el que acredite el pago de derechos previsto en el artículo 52 de la Ley Federal de Derechos, el cual será por cada muestra de mercancía por la que se solicite el registro.
 
Información adicional
  • La autorización tendrá una vigencia de un año a partir de la expedición del oficio de respuesta salvo para quienes se acrediten como empresa certificada, en cuyo caso la vigencia se otorgará por dos años.
  • Se brindará asistencia vía telefónica de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas, en los teléfonos 51-28-25-44 o 51-28-25-95 y; atención personalizada de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, en el Laboratorio de Aduanas ubicado en Calzada Legaría 608, colonia Irrigación, delegación Miguel Hidalgo, c.p. 11500, Ciudad de México.
  • En la solicitud de renovación no será necesario presentar nuevamente la muestra de la mercancía.
 
Disposiciones jurídicas aplicables
Artículos 45 de la Ley Aduanera; 73 del Reglamento de la Ley Aduanera; 52 de la Ley Federal de Derechos; reglas 1.1.6., 1.2.2., 3.1.3., de las Reglas Generales de Comercio Exterior.