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SIMULADOR PARA EL CÁLCULO DE ACTUALIZACIÓN Y RECARGOS DE CONTRIBUCIONES Y MULTAS ARTÍCULOS 17-A Y 21 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y 86 DE SU REGLAMENTO |
Puede utilizar este simulador para calcular la actualización y recargos ya sea de un crédito fiscal que le fue notificado o de contribuciones pendientes de pago por las que aún no se le determina un crédito fiscal. En ambos casos, el simulador calculará la actualización y los recargos desde la fecha en que la contribución debió ser pagada mediante declaración, por lo que, es importante que en el campo "Contribuciones a cargo" Usted capture el importe histórico (sin actualización) de la contribución, y en el campo "Fecha en que debió pagar la(s) contribución(es)" deberá capturar el último día del plazo para presentar las declaraciones en las que debió pagar las contribuciones, según sea el caso, si es Declaración Anual, declaración mensual, etc. Lo anterior, de acuerdo a los plazos que al efecto establecen las leyes fiscales.
¿De dónde tomará usted los datos que se le piden?
Si es un crédito fiscal.- Tenga a la mano los siguientes documentos:
• Resolución determinativa del crédito fiscal.- En dicho documento se señala el importe de la contribución o impuesto histórico que le fue determinado a su cargo y en su caso, el importe de la Multa. Ver Archivo
• Formulario FMP-1.- Si la multa que desea actualizar, le fue notificada de manera independiente a una Resolución determinativa de crédito fiscal, tenga a la mano el formulario FMP-1 que se le entregó adjunto a la notificación de la multa, ya que en este formulario se le indica el importe de la multa a su cargo.
• Acta de Notificación.- En todos los casos, tenga a la mano este documento, del cual le fue entregado una copia, en la fecha de notificación de su crédito fiscal. Ver Archivo
Si no es un crédito fiscal.- Tenga a la mano los papeles de trabajo en donde haya determinado su Impuesto a cargo.
Para su mayor comprensión, consulte los botones de Ayuda que se muestran en cada campo. "Este simulador solo actualiza ejercicios de 2004 en adelante" Capture los datos que se le piden, de acuerdo a lo que desea actualizar: Contribuciones, Multas, o ambos conceptos. |
Los importes que arroja el simulador son solo informativos, toda vez que los cálculos están en función a los datos que Usted esté capturando, es decir, pueden existir variaciones cuando:
Cabe señalar que el monto de los honorarios por notificación es de $426.01 de conformidad con lo dispuesto en los artículos 137 último párrafo del Código Fiscal de la Federación y 104 de su Reglamento y en caso de actualizarse dicho importe, el SAT lo publicará en el Diario Oficial de la Federación.
e) Si ya venció el plazo de los 45 días siguientes a la notificación de su crédito fiscal y no ha efectuado el pago ni ha garantizado el interés fiscal, es importante que esté enterado, que una vez que el SAT inicia el proceso de cobro para exigir el pago del adeudo (procedimiento administrativo de ejecución), se generan “Gastos de ejecución” que incrementan de manera adicional el importe de su adeudo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 del Código Fiscal de la Federación |