Obtuve una resolución y dejaron sin efectos el Procedimiento Administrativo de Ejecución, pero no sé si con ello mi crédito también quedó cancelado
   
 
Situación actual:
Impugné un crédito fiscal
Obtuve una resolución y dejaron sin efectos el Procedimiento Administrativo de Ejecución, pero no sé si con ello mi crédito también quedó cancelado

¿Qué debes saber?
Fundamento Legal

Artículos 2, 4, 12, 17-A, 20 octavo párrafo, 21, 23 último párrafo, 65, 66, 66-A, 69 primer párrafo, 70 primer y segundo párrafos, del Código Fiscal de la Federación; 52 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; 85 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; 25, fracciones III, IV, VI, VII, VIII, X, XIII, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y Regla I.2.16.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013.


¿Qué debes hacer?
Fundamento Legal

Artículos 2, 12, 17-A, 20 octavo párrafo, 21, 133, 133-A, del Código Fiscal de la Federación, 52 fracción III de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.


¿Qué trámites debes realizar?
  Nombre del Trámite  
1

Pago en institución bancaria

2

Pago de un crédito fiscal en parcialidades o de forma diferida


Información recomendada
  Nombre del documento, audio, video Descripción  
1

Video: Pago en Parcialidades de un crédito fiscal

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2

Audio: Entrevista con experto en cobranza del SAT sobre las consecuencias de no ponerse al corriente con los adeudos fiscales

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