No tengo dinero, pero quiero pagar el crédito de alguna otra forma
   
 
Situación actual:
He sido notificado de un crédito fiscal o he sido invitado a pagar
No tengo dinero, pero quiero pagar el crédito de alguna otra forma

¿Qué debes saber?
Fundamento Legal

Artículos 2, 4, 12, 17-A, 21, 23 último párrafo, 65, 69 primer párrafo, 70 primer y segundo párrafos, 70-A, 74, 75 fracción VI, 76 séptimo párrafo, 78, 145, 150, 151, 155, 157, 173, 174, 175, 176, 183, 191, 192, 194 y 196, del Código Fiscal de la Federación, 7, 13, 86, y 88, del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; 25, fracciones III, IV, V, VIII, X, XIII, XVIII, XXII, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y Reglas I.2.3.3., y I.2.19.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013.

¿Qué debes hacer?
Fundamento Legal

Artículos 2, 11, 17-A, 21, 23, 65, 66, 66-A, 70 primer y segundo párrafos, 75 fracción VI, 76 séptimo párrafo, 150, 151, del Código Fiscal de la Federación, 13, 85, 86, del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

¿Qué trámites debes realizar?
  Nombre del Trámite  
1

Solicitud de reducción de multas y aplicación de la tasa de recargos por prórroga conforme al artículo 70-A del CFF, para créditos fiscales notificados.

2

Solicitud de condonación de multas conforme al artículo 74 del CFF, para créditos notificados.


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