¿Qué es el Adeudo Fiscal?

Los adeudos fiscales que Usted puede pagar en forma diferido son  tanto los auto-determinados por Usted como los determinados por la autoridad.

Adeudos auto-determinados por el contribuyente.

Usted puede pagar las contribuciones omitidas y sus accesorios (multas y recargos) en cualquier momento del proceso de fiscalización que el SAT le esté practicando y hasta antes de que el SAT  le determine mediante resolución su adeudo; en este caso, el adeudo será auto-determinado. En este supuesto, Usted presentará sus declaraciones por autocorrección, teniendo la opción de pagar en forma diferida  siempre y cuando reúna todos los requisitos.

Crédito fiscales determinados por la autoridad.

Son aquellos que son determinados por la autoridad a través de una Resolución determinativa de Créditos Fiscales. En dicha resolución la autoridad le da a conocer, en su caso, las contribuciones omitidas actualizadas, los recargos, y las multas.

Por lo anterior, dependiendo del tipo de adeudo que usted desea pagar en forma diferida, tenga a la mano los siguientes documentos:

  • En caso de un adeudo auto-determinado.- Sus papeles de trabajo donde conste el cálculo de su adeudo fiscal (Contribuciones, actualización, recargos, Multa).

  • En caso de un crédito fiscal determinado por la autoridad.- La Resolución determinativa del crédito fiscal que le fue notificada, así como los importes de Actualización y Recargos que usted haya calculado u obtenido en el simulador de “Actualización y Recargos”.