Importante:
Respecto a los trámites publicados en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente que no se encuentren disponibles en el Buzón Tributario, debe observarse lo descrito en las reglas 1.6., séptimo párrafo y 2.2.6. contenidas en el ordenamiento antes mencionado, mismas que a continuación se detallan:
1.6 Lugar y forma para presentar documentación
Para efectos del Anexo 1-A, los trámites descritos en el mismo pueden presentarse ante la autoridad competente a través de los medios y en los términos que se tenían establecidos con anterioridad al señalamiento de presentación de estos a través del Buzón Tributario, y cuando se trate de nuevos trámites, mediante escrito libre ante cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente. Lo anterior, hasta que el SAT dé a conocer en su portal los formatos que se deben utilizar para tales efectos...
2.2.6 Información que se presentará a través del Buzón Tributario
Para los efectos de los artículos 17-K, fracción II; 18 y 18-A del CFF, el SAT dará a conocer a través de su Portal la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información que presentarán los contribuyentes utilizando el apartado de "Buzón Tributario".
En caso de que los contribuyentes deseen enviar información o documentación adicional a los trámites de consultas, solicitudes de autorización o recursos de revocación presentados a través del Buzón Tributario, podrán hacerlo en la opción Trámites / Buscar promociones y adjuntar información. siempre que la promoción que deseen complementar se encuentre en cualquiera de los siguientes tres supuestos: promovido, estudio o remitido; y no se haya generado un requerimiento específico por la autoridad.