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tu
Buzón

Actualiza
tus medios
de contacto

Quiénes deben habilitarlo

 

Todos los contribuyentes inscritos en el RFC, salvo:

  • Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas. En este caso, habilitar el Buzón Tributario es opcional.
  • Personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos, tendrán la opción de habilitar el Buzón Tributario.
  • Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados estarán relevados de habilitar el Buzón Tributario.

  • Estas facilidades no serán aplicables tratándose de:

    • Los trámites o procedimientos en los que se requiera que el contribuyente cuente con Buzón Tributario.
    • Tratándose de contribuyentes que hayan emitido factura electrónica (CFDI) de ingresos o recibido factura de nómina (CFDI de nómina), dentro de los últimos 12 meses.

Asimismo, para los efectos de los artículos 17-K tercer párrafo y 86-C del CFF, los contribuyentes comprendidos en el Título IV, Capítulo I de la Ley del ISR a que se refiere el artículo 94 de dicha ley, que hayan obtenido ingresos menores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) en el ejercicio inmediato anterior, podrán optar por no habilitar el Buzón Tributario.

 

Los contribuyentes con situación fiscal “cancelado” están relevados de habilitar el Buzón Tributario.

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Fundamento legal: Artículo 17-K del CFF vigente, regla 2.2.7., 2.2.23., artículos transitorios sexto y vigésimo sexto, así como la ficha de trámite 245/CFF del Anexo 1-A de la RMF, vigentes.

Habilita tu Buzón Tributario

Si aún no has habilitado tu Buzón Tributario, actívalo a la brevedad. Es tu obligación. Evita multas por infracciones establecidas en las disposiciones fiscales, dalo de alta aquí.

Actualiza tus medios de contacto

Recuerda que en tu Buzón Tributario debes tener registrado los dos mecanismos de comunicación: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que te falte registrar alguno de los dos mecanismos, hazlo a la brevedad, evita sanciones y multas, da clic aquí para actualizar tus medios de contacto.

Si ya registraste y confirmaste ambos mecanismos de comunicación y están actualizados, gracias por cumplir.